Tecnético en “Tu Mañana†por Univisión: ya no se podrán usar móviles mientras se conduce. ¿Estás list@?
Desde enero de 2013, el conducir mientras se utiliza un teléfono móvil estará prohibido por ley en Puerto Rico.
La Ley 201 del 2011 establece que se deberá multar por US$50 a conductores que utilicen su teléfono móvil mientras están al mando de un vehículo en movimiento. En otras palabras, no podrás ni hablar, ni textear, ni acceder la internet si esto conlleva distracción o el retirar las manos del volante. Pero mejor citemos tal cual al artículo 10.25 de la Ley 22-2000, “Uso del teléfono móvil o inalámbrco mientras se conduce un vehículo de motor”, según enmendada precisamente por la Ley 201:
Ninguna persona conducirá un vehículo de motor haciendo uso del teléfono móvil o inalámbrico, excepto en los casos en que un usuario atienda o genere una llamada utilizando un equipo o sistema de manos libres conocido como “hands freeâ€.
¿Qué es un “equipo o sistema de manos libres conocido como ‘hands free'”? De acuerdo a la ley (Artículo 1.42-A), “significará un equipo, dispositivo o función interna que se utilice con un teléfono móvil o; incluyendo, pero no limitado a altavoces integrados al teléfono móvil o inalámbrico y/o altavoces integrados en los vehículos de motor, auriculares (conocido en inglés como “earphones o headsetsâ€) con o sin cable, auriculares inalámbricos o “Bluetooth†y altavoces con micrófonos inalámbricos. Dicho equipo puede conectarse al teléfono móvil o inalámbrico de forma alámbrica o inalámbricaâ€.
Bajo esta definición, podemos concluir que siempre y cuando se utilice un “hands free”, el uso del móvil para hacer y recibir llamadas y/o mensajes de texto en un auto en movimiento estará permitido.
Para ser más claros y específicos, veamos algunos ejemplos:
“HANDSFREE” INTEGRADOS EN EL AUTO
Si su automóvil integra la capacidad de que, ya sea mediante una conexión por cable o tecnologías inalámbricas como Bluetooth, se pueda llevar a cabo una conversación telefónica y/o pueda llevar a cabo una comunicación mediante mensajes de texto a través del sistema de sonido del mismo, usted está en cumplimiento de la ley si usted, en efecto, hace uso de este sistema para realizar la comunicación.
Un ejemplo de esto es el sistema Sync de Ford, según se ilustra en este vídeo de 2007:
SISTEMA DE “SPEAKERPHONE” INTEGRADO EN EL TELí‰FONO
Si su teléfono incluye y usted usa la función de “speakerphone” o altavoz para llevar a cabo una comunicación telefónica de voz o texto, o puede utilizar dicho sistema para dar comandos o instrucciones verbales al teléfono por medio de funciones como Siri, Google Now, S-Voice, Sync, etc. de forma tal que puedan realizar dicha comunicación sin tener que operar el teléfono en la mano, usted está en cumplimiento de la ley.
SISTEMA DE SPEAKERPHONE EXTERNO
Existen en el mercado múltiples formas de añadir a su automóvil un dispositivo de tipo “handsfree” estilo altavos o “speakerphone” para colocarse en la visera o lugar similar dentro del auto y que se conecte al teléfono mediante Bluetooth. Si usted adquiere uno de estos dispositivos y hace uso del mismo para llamadas o mensajes de texto, usted está en cumplimiento de la ley.
AURICULARES O “HEADSETS” ALAMBRADOS
Posiblemente los más populares, prácticamente todos los teléfonos móviles incluyen con la compra un auricular o “headset” mediante cable. Esta es posiblemente la forma más fácil y costoefectiva de cumplir con la nueva ley.
Vienen de muchos tamaños, colores y estilos.
Si usted utiliza uno de estos auriculares cuya conexión al teléfono es mediante un cable, usted está en cumplimiento de la ley.
“HEADSETS” O AURICULARES INALíMBRICOS
Para quienes prefieran la libertad de no tener cables, ya sea por razones de estética o por que les resulte práctico de esa manera, existe una enorme variedad en forma, tamaño y diseño de aurículares Bluetooth.
No importa si son para una sola oreja (mono) o para ambas (estéreo), si usted utiliza uno de estos dispositivos en su auto para comunicarse mediante voz o texto, usted está en cumplimiento de la ley.
¿CUANDO SE PUEDE USAR UN MÓVIL SIN UN “HANDSFREE”?
De acuerdo a la ley, sólo se podrá utilizar un móvil sin un dispositivo manos libres en las siguientes situaciones:
– cuando el vehículo no se encuentre en marcha y no esté impidiendo el tráfico
– cuando se generen llamadas o comunicaciones a agencias del orden público o relacionado a algún tipo de emergencia médica, o de seguridad, entendiéndose por emergencia una situación de riesgo inmediato para la salud, vida o propiedad
– cuando sea para utilizar el Sistema de Posicionamiento Global (GPS)
– cuando sea para iniciar o terminar una llamada; ni a aquellos choferes de vehículos destinados a atender situaciones de emergencia mientras atiendan emergencias reales, según lo definido en esta ley
¿EXISTEN PERSONAS QUE NUNCA DEBEN USAR UN MÓVIL EN UN VEHíCULO DE MOTOR?
La ley establece que choferes de ómnibus (guagaus, autobuses, etc.), transportes escolares, camiones o motocicletas no podrán utilizar teléfonos móviles con o sin un dispositivo “handsfree” mientras el vehículo esté en movimiento.
¿DE VERAS QUE TAMPOCO SE PUEDEN ENVIAR MENSAJES DE TEXTO?
La ley es clara, y citamos:
“Esta prohibición será extensiva al envío y recibo de mensajes de texto; incluyendo, sin limitarse a, correos electrónicos, mensajes de texto (SMS) y mensajes mediante el uso de números de identificación personal (PIN’S) entre otros; entendiéndose por recibo la lectura de mensajes recibidos.”
Pero si usted utiliza algún sistema o dispositivo que le permita enviar y recibir mensajes de texto que no requiera que usted tenga que utilizar sus manos y desviar la atención de la carretera, usted está en cumplimiento de la ley.
SIN EMBARGO…
Estará interesante ver cómo la policía de nuestro país va a implementar esta ley aún cuando adolece de ciertas “lagunas” o áreas no muy definidas, según reportó el periódico “La Perla del Sur”.
Por ejemplo: se podrá usar un móvil sin “handsfree” siempre y cuando “sea para utilizar el Sistema de Posicionamiento Global”. Otro aspecto no muy claro es el que la ley permite utilizar el teléfono “cuando se generen llamadas o comunicaciones a agencias del orden público o relacionado a algún tipo de emergencia médica, o de seguridad, entendiéndose por emergencia una situación de riesgo inmediato para la salud, vida o propiedad”. ¿Cómo se comprobará esto? ¿Tendrá el ciudadano que mostrar al oficial de tránsito o policía su “call history” o historial de llamadas para que este pueda comprobar que, en efecto, la llamada realizada era de esa naturaleza? Nada de eso está definido en la ley, y según el reportaje, a un mes de la ley entrar en vigor todavía no se había enviado el reglamento que permite que las agencias concernidas lo puedan hacer valer.
Hmm… ¿Se convertirán estas en excusas por excelencia para evitar ser multado cuando en realidad se estaba utilizando el teléfono para textear u otra actividad prohibida por ley? ¿Será la palabra del ciudadano contra la del policía?
“Ya veremos”, dijo el ciego…
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